30/09: No Olvidar:
1. La Nueva Constitución: entrará en vigencia cuando las cifras sean publicadas en el Registro Oficial. Hasta entonces, todavía rige la Carta Magna de 1998.
2. El Congresillo: Cinco días después de la proclamación, la Constituyente se reunirá para nombrar a la Comisión Legislativa (o Congresillo), que hará las veces de Asamblea Nacional.
3. La Constituyente: tiene que nombrar, el Consejo Nacional Electoral y el Tribunal Contencioso Electoral, que organizarán las elecciones próximas.
4. La Convocatoria: El Congresillo, asimismo, convocará a un concurso de merecimientos para integrar el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social que, según la nueva Constitución, armará las comisiones de selección de las autoridades de los órganos de control.
5. La Corte Suprema de Justicia: cesará diez días después de la proclamación de los resultados.
6. El Consejo Nacional Electoral: realizará un sorteo para designar a los 21 magistrados que se quedarán en la Corte Nacional de Justicia.
7. Frecuencias: El Ejecutivo tendrá 30 días para formar una comisión que audite las frecuencias de radio y televisión.
8. Grupos políticos: Los partidos y movimientos políticos tendrán un plazo de 45 días para reinscribirse en el Consejo Nacional Electoral.
9. Banco del Afiliado: En un plazo de 180 días se creará la entidad financiera del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.
10. Concesiones de agua: El Ejecutivo tiene 360 días para revisar las concesiones del servicio de agua y alcantarillado.
Ademas NO OLVIDAR: la ciudadanía ya puede exigir sus derechos, como la gratuidad de la educación o el acceso al agua.
Fuente: Resultados oficiales de la nueva Constitución en Guayaquil
2. El Congresillo: Cinco días después de la proclamación, la Constituyente se reunirá para nombrar a la Comisión Legislativa (o Congresillo), que hará las veces de Asamblea Nacional.
3. La Constituyente: tiene que nombrar, el Consejo Nacional Electoral y el Tribunal Contencioso Electoral, que organizarán las elecciones próximas.
4. La Convocatoria: El Congresillo, asimismo, convocará a un concurso de merecimientos para integrar el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social que, según la nueva Constitución, armará las comisiones de selección de las autoridades de los órganos de control.
5. La Corte Suprema de Justicia: cesará diez días después de la proclamación de los resultados.
6. El Consejo Nacional Electoral: realizará un sorteo para designar a los 21 magistrados que se quedarán en la Corte Nacional de Justicia.
7. Frecuencias: El Ejecutivo tendrá 30 días para formar una comisión que audite las frecuencias de radio y televisión.
8. Grupos políticos: Los partidos y movimientos políticos tendrán un plazo de 45 días para reinscribirse en el Consejo Nacional Electoral.
9. Banco del Afiliado: En un plazo de 180 días se creará la entidad financiera del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.
10. Concesiones de agua: El Ejecutivo tiene 360 días para revisar las concesiones del servicio de agua y alcantarillado.
Ademas NO OLVIDAR: la ciudadanía ya puede exigir sus derechos, como la gratuidad de la educación o el acceso al agua.
Fuente: Resultados oficiales de la nueva Constitución en Guayaquil






















